¿Qué tipo de empresa puedes crear en España?

TIPO
SOCIETARIO
Capital
social
Impuesto Gastos
notariales
Costes
registro
Gastos
gestoría (potestativos)
S.L. €3.000 Exento €150 €100 €300
S.A. €60.000 Exento €300 €150 €300

Los tipos de empresa que se pueden crear en España son los siguientes:

  • Sociedad de Responsabilidad Limitada;
  • Sociedad Anónima;
  • Sociedad Anónima Europea;
  • Sociedad Civil;
  • Sociedad Colectiva;
  • Sociedad Comanditaria;
  • Sociedad Comanditaria por acciones;
  • Sociedad Cooperativa.

Desde un punto de vista práctico, los tipos de empresa más comunes en España son la Sociedad Anónima (S.A.) y la Sociedad Limitada (S.L.), debido a que limitan la responsabilidad patrimonial de los socios a la cuantía económica que los mismos hayan aportado. En este sentido, según las estadísticas del Registro Mercantil Central, aproximadamente el 98% de las sociedades españolas son de responsabilidad limitada, mientras que el 2% restante son sociedades anónimas. El resto de modalidades societarias son menos frecuentes.

S.A. ó S.L.?

La Sociedad Limitada se utiliza:

  1. Porque exige un capital menor a desembolsar.
  2. Porque requiere un menor número de formalidades administrativas en su funcionamiento.
  3. Porque ofrece una mayor flexibilidad en acuerdos entre sus socios.

Se suele constituir una Sociedad Anónima:

  1. Si se va a desarrollar alguna actividad reservada por la Ley a las Sociedades Anónimas (sociedades bancarias, farmacéuticas, gestoras de fondos de pensiones, aseguradoras, entre otras).
  2. Si se prevé una gran movilidad en el capital.
  3. Si como socio, que no va a participar en la gestión de la sociedad, se desea que exista un especial rigor formalista en la realización de los actos de la sociedad, que pueden tener una mayor repercusión en la inversión (por ejemplo: fusión, transformación, disolución, convocatoria de Junta General, reducción de capital, aportaciones no dinerarias, etc.)

En cualquier caso, es recomendable que antes de tomar una decisión se consulte con un asesor jurídico.

Sociedad Limitada (SL/SRL)

  • Es la forma jurídica elegida por 7 de cada 10 empresarios
  • Es la mejor opción para pymes con pocos socios
  • Los socios no exponen su patrimonio personal
  • No es necesario mucho capital inicial
  • Se puede realizar telemáticamente

Sociedad Anónima

  • Es la opción de las grandes empresas y medianas con necesidades fuertes de inversión
  • La responsabilidad queda limitada al capital aportado
  • Permite a la empresa cotizar en bolsa

Sociedad Limitada Nueva Empresa (SLNE)

  • Se trata de la mejor vía para constituir una empresa en 48 horas (hábiles) . Se formaliza con el DUE (Documento único electrónico)
  • Limita la responsabilidad de sus socios
  • El capital mínimos es de 3.012€ (máximo 120.202€)
  • Tiene diversas ventajas fiscales

Cooperativas y Sociedades Laborales

  • Se necesitan al menos 3 socios
  • Responsabilidad limitada y bonificaciones fiscales
  • No se puede transmitir las acciones libremente

Autónomos

  • Es la forma más utilizada por los emprendedores cuando inician su actividad
  • Un autónomo es una persona física que realiza de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional a título lucrativo, dé o no ocupación a trabajadores por cuenta ajena
  • La personalidad jurídica de la empresa es la misma que la de su titular (empresario)

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